¿Cómo la ley de financiamiento afecta su bolsillo?

Conozca los detalles de cómo la Ley de Financiamiento, recientemente aprobada por el gobierno de Iván Duque, afectará su bolsillo.
 
¿Cómo la ley de financiamiento afecta su bolsillo?
Foto: Randy Mora
POR: 
Cristina Lucía Valdés Lezaca

A comienzos de año la multinacional Coca-Cola Femsa anunció el despido de 177 empleados de su filial en Colombia, con el argumento de que sus operaciones se verán afectadas por la Ley de Financiamiento 1943 aprobada en diciembre de 2018.

Entre otras disposiciones, se dio vía libre al llamado IVA plurifásico para bebidas azucaradas y cervezas, que a partir de la nueva reforma se aplica a toda la cadena de producción, comercialización y distribución de estas dos industrias. Esto llevó a la multinacional a reestructurar su operación en el país, pues considera que la medida pone en riesgo sus inversiones y estabilidad, ya que el cobro del IVA a los distintos eslabones de la cadena significaría un incremento del 20 % en el precio al consumidor final, “causando una grave afectación a las ventas de la industria de similar magnitud”.

Se calcula que el IVA de 19 % a las cervezas, que regirá a partir de marzo, aumentará el precio al consumidor final entre 300 y 475 pesos, mientras que el costo de las gaseosas y otras bebidas azucaradas se incrementó entre 50 y 100 pesos con la entrada en vigencia de la reforma.

Si usted es consumidor habitual de gaseosas, té, bebidas energizantes y aguas saborizadas (en Colombia se consume un promedio de 47,5 litros de gaseosas per cápita) o de cerveza nacional o importada, este es solo uno de los rubros que afectarán su bolsillo en 2019, debido al nuevo régimen impositivo con el que el gobierno busca recaudar más de siete billones de pesos.

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Pero no es el único renglón que toca a los consumidores. También fueron gravados los tiquetes aéreos, los dividendos por inversión en acciones, los predios y activos de alta gama y se eliminó el subsidio a la vivienda que no es de interés social para la clase media, entre otros.

“Aunque no pasaron propuestas que afectaban de manera significativa y directa el bolsillo de los colombianos, como la de gravar con IVA la canasta familiar, sí continua la fuerte presión en la renta para los asalariados y estos efectos se verán reflejados al momento de elaborar y pagar la declaración de renta del año gravable 2018, que seguramente será superior a la del año anterior, o al revisar el valor mensual de la retención en la fuente”, indica Édgar Ricardo Jiménez, profesor de la Escuela de Administración, Contaduría y Mercadeo de la Universidad Jorge Tadeo Lozano. Vea “Cómo quedó la renta”.

Otros analistas como Sergio Clavijo, presidente de Anif, consideran que “en el ‘bosque del recaudo tributario en el país’, la Ley 1943 de 2018 ha sido un rotundo fracaso”. El directivo explica que la relación del recaudo en relación con el PIB viene cayendo en los últimos años. Esto significa que, a pesar de las tres últimas reformas tributarias, el país no logra incrementar el ingreso que proviene de los impuestos. “Esta reforma tributaria de la Ley 1943 de 2018 no era la que se necesitaba para lograr la tranquilidad fiscal durante el período 2019-2022”, sintetiza Clavijo.

Lo mismo opina Luis Fernando Mejía, director de Fedesarrollo, quien considera que, según los análisis de esta entidad, los ingresos por concepto de impuestos van a caer en 2021 y 2022, producto de esta reforma, “porque lo que se plantea del lado de las exenciones de las empresas, no compensa con una mayor tributación de los impuestos indirectos y las personas naturales. Hay un desfase que genera un hueco de alrededor de 0,3 % del PIB”.

LAS MEDIDAS QUE LO AFECTARÁN

Si para valorizar su patrimonio usted invierte con regularidad en acciones, títulos de deuda pública y privada o es propietario de inmuebles de gama alta, este año sentirá los efectos de la Ley de Financiamiento. En efecto, a partir de 2019 los dividendos superiores a 10,2 millones de pesos que anualmente reciben los accionistas serán gravados con un impuesto de 15 % sobre esa cifra.

De igual forma, se gravó con un impuesto al consumo de 2 % la comercialización de inmuebles urbanos de más de 918 millones de pesos. La medida comprende construcciones como bodegas, viviendas y oficinas, así que si usted está interesado en comprar o vender un predio con un valor comercial mayor de 26.800 UVT (alrededor de 918 millones de pesos) tendrá que asumir un impuesto al consumo de 2 % a partir de este año.

“Si bien esta medida no afecta a la mayor parte de los colombianos, dada la base gravable, se deja sentado el precedente para que futuras reformas puedan aumentar la tarifa o justamente disminuir la base gravable abarcando una mayor parte de la población”, indica el profesor Jiménez.

La ley también avaló una medida que toca a los colombianos de clase media interesados en comprar casa: establece que no se subsidiará la compra de vivienda nueva para este segmento. Estas ayudas se aplicaban a inmuebles cuyo valor oscilaba entre 105 millones y 340 millones de pesos. Los analistas consideran que la nueva norma podría afectar la cartera hipotecaria, en la medida en que no hay incentivos ni facilidades para la adquisición de vivienda nueva.

De acuerdo con la firma Tinsa, especializada en avalúos y valoraciones, el segmento de medio-lujo, que en 2018 presentó una disminución en la demanda de 26,1 %, será el sector más golpeado, pues la tendencia dice que la demanda podría seguir cayendo de manera dramática con esta reforma.

Por otra parte, si usted viaja con frecuencia en avión también deberá saber que a partir de este año se empezó a cobrar un impuesto equivalente a un dólar por cada tiquete aéreo internacional que adquiera. Según se establece en la ley, estos recursos se destinarán al Instituto de Bienestar Familiar, con el objetivo de reforzar los programas contra la explotación de menores de edad. También comenzó a regir desde enero una tarifa para el impuesto de timbre, de 15 dólares, para los colombianos que viajan fuera del país.

Así mismo, la reforma gravó con una tarifa de 1 % a las personas naturales con patrimonios (bienes inmuebles como casas, fincas y apartamentos o de lujo como yates y automóviles) de más de 5.000 millones de pesos.

Aunque muchos analistas destacan aspectos positivos de la Ley de Financiamiento –como la progresividad tributaria en hogares, la disminución de la tarifa gradual de renta en las empresas, la creación del régimen de tributación simple y la deducción del IVA pagado por la industria para maquinaria y equipo–, consideran que la medida no tapará el hueco fiscal, que se agrandará y abrirá el camino para otra reforma tributaria en el mediano plazo. Así que, por ahora, prepárese muy bien para manejar sus ingresos y controlar gastos con el fin de que no lo encuentren desprevenido los nuevos impuestos que, directa o indirectamente, van a erosionar su billetera.

CÓMO QUEDÓ LA TARIFA DE RENTA

•Unificación del sistema cedular, que pasó de cinco a tres cédulas, en las que los contribuyentes deberán clasificar sus ingresos: general, que incluye las rentas de trabajo, de capital y no laborales; de pensiones, y la de dividendos y participaciones, así como las nuevas tarifas marginales de 35 %, 37 % y 39 % a las rentas más altas.

•Aumento del impuesto sobre la renta para las personas naturales con mayores ingresos, incluidos asalariados. La tarifa máxima será del 39 %.

•Será obligatorio declarar renta a partir de ingresos mensuales de 4,8 millones de pesos, es decir, unos 57 millones de pesos al año.

•Se actualizarán las tablas de retención en la fuente para los asalariados, debido a que se encontraban desfasadas.

•A las personas naturales y jurídicas se les cobrará el impuesto al patrimonio, con una tarifa del 1 % por tres años, la cual aplicará a patrimonios líquidos superiores a 5.000 millones de pesos.

         

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febrero
19 / 2019